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Marzo  2010

"Populismo" y "Democracia"

CategoríaMarzo 2010Derecho

Armando de la Torre

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__________________________________________________________________ Armando de la Torre Populismo y Democracia Permítaseme una exposición muy breve del contraste que de entrada discierno entre democracia y populismo ”. Una diferencia primera la veo en que democracia , en cuanto sistema para determinar quiénes han de gobernar , se ha probado que funciona sólo si los hombres y mujeres independientemente de los gobernantes ya son capaces de gobernarse a mismos . Lo que se suele identificar como populismo ”, en cambio , se da en la presencia de masas de electores que en lo individual no han sabido , o no han podido , fijarse para su propio desarrollo metas factibles y escoger los medios más idóneos para llegar a ella , en una palabra , que escasa o ninguna experiencia han tenido de autogobierno , como sucedía , por ejemplo , en Roma con los libertos o con los campesinos sin tierras que emigraban a la ciudad a la espera de panem et circensem ”. Ya la democracia ateniense cuatro siglos antes de Cristo hubo de enfrentarse a este fenómeno que hoy llamamos populismo ”. Alcibíades les sirvió de arquetipo . Genial , carismático , elocuente y hasta galán , pero inescrupuloso y narcisista , repetidas veces traicionó a quienes le habían sido leales . Supo , sin embargo , otras tantas ganarse el perdón de los ofendidos que no podían sustraerse a su encan to personal . Nadie menos que Platón se inspiró en su ejemplo para el diseño de su famoso perfil despectivo del hombre democrático ”. En Roma , Cicerón hubo de hacer frente a su turno a ese mismo fenómeno populista , esta vez en la persona de un golpista en ciernes , Catilina , a mediados del siglo uno antes de Cristo . 1 El populismo ”, tal como se entiende hoy corrientemente en Iberoamérica o al menos lo ha sido durante los últimos años en cuanto halago deliberado de las masas y compraventa de sus votos con la moneda de promesas cuestionables lo considero , al largo plazo , siempre incompatible con la plena vigencia de una democracia republicana constitucional . Para este juicio tan negativo parto en primer lugar de la visión normativa griega de la política como la ciencia regia ”, o sea , como la culminación de la vida ética de la comunidad política en su conjunto , del todo opuesta a esa otra maquiavélica a la que estamos más acostumbrados de la justificación moral del poder por el poder mismo . Armando de la Torre es Director de la Escuela Superior de Ciencias Sociales , Universidad Francisco Marroquín . El presente artículo reproduce el texto de una conferencia presentada ante la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales ( FLACSO ), Antigua Guatemala , agosto de 2009 . Laissez-Faire , No . 32 ( Marzo 2010 ): 1-8
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__________________________________________________________________ O sea , que entiendo la política como actividad eminentemente racional y ética a partir de principios éticos igual de racionales . Por democracia , a su turno , concibo todo gobierno que cuente con el consentimiento mayoritario de los gobernados , expresado el tal consentimiento en elecciones generales periódicas por el voto igual y secreto de cada uno de los llamados a elegir ( la alternabilidad en el poder público tenida por supuesta ). Más allá del voto mayoritario para decidir quién gobierna en un sistema democrático representativo entraño en mi concepto de democracia el de republicanismo ”, es decir , el de la división y separación de los poderes que gozan del monopolio legal de la coacción , y con delimitación expresa de sus facultades respectivas por una Constitución escrita o consuetudinaria , de tal manera que se reduzcan al mínimo las posibilidades de abuso del poder por cualquiera al transgredir los límites que les están fijados . De esta manera se ha arribado al logro de gobiernos de leyes e instituciones ”, no de las voluntades arbitrarias de individuos legalmente poderosos . Quien primero señaló la importancia de una genuina separación de poderes para el ejercicio republicano fue el historiador griego Polibio , 2 quien creyó descubrir en ella una auténtica concordia ordinum ”, raíz , según él , de la estabilidad triunfante de la Roma de su época . Se anticipó así por muchos siglos a la sabia advertencia producto del estudio de la historia por Lord Acton : El poder corrompe , y el poder absoluto corrompe 3 absolutamente .” El objetivo inmediato de esta interpretación republicana de la democracia se ha resumido desde la segunda guerra mundial crecientemente en la protección y salvaguardia de los derechos humanos ( o civiles en la tradición anglosajona ), cronológicamente primero los de los ciudadanos , hoy los de todos , ciudadanos o no , referidos muy especialmente a quienes integran minorías raciales , religiosas , o políticamente heterodoxas . Polibio , hijo de su tiempo al fin , compartía la tesis generalmente aceptada entre los griegos de que en el recurrente abuso del poder el mismo empieza por degenerar en un único hombre ( el monarca que deviene en tirano ), se repite por el conjunto de unos pocos ( los aristócratas que se corrompen en oligarcas ), y culmina hasta en una mayoría de los ciudadanos ( los demos de la terminología griega ), la plebs en el caso concreto de Roma . 4 Llegado a este punto caótico , las mismas reclaman un salvador ( a caballo o en tanqueta ) y el ciclo se inicia de nuevo ineluctablemente . De ahí la originalidad para Polibio de que los diferentes centros independientes del poder se complementaran y fiscalizaran recíprocamente al mismo tiempo , la clave , para él , de un republicanismo logrado . En aquella concepción de Polibio tal concordia equivalía a la presencia simultánea en el poder estatal del elemento monárquico ( los cónsules ), del elemento aristocrático ( los senadores ) y del elemento democrático ( los tribunos ). Los jueces y pretores , así como sus respectivos jurisconsultos , no sobresalían en este horizonte republicano con un adicional poder independiente simplemente porque la misma tradición republicana lo daba por supuesto . __________________________________________________________________ Laissez-Faire 2
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__________________________________________________________________ Todos sabemos que esa admirable república de los romanos empezó a ser erosionada con la reforma agraria de los hermanos Gracco el 133 a . de C ., y que a ella siguieron otras más violentas que hubieron de dar al traste , tras un siglo de guerras civiles , hasta con la misma república . 5 Al final quedaron concentrados en unas mismas manos esos poderes independientes antes dispersos , las de la persona del emperador Augusto ( en el 31 a . de C .). La ulterior eliminación definitiva del Senado romano del proceso de sucesión imperial a la muerte de Tiberio ( en el 37 A . D .) selló para siempre la decadencia y muerte de la República . Cuando poco más de tres siglos después fue asesinado el último emperador a manos de los bárbaros ( A . D . 476 ), parafraseando a Sir John Hicks , lo que murió fue un fantasma ”. Durante los mil años subsiguientes a las invasiones de los bárbaros germánicos , de entre los jirones de lo que pudiéramos llamar residuos medievales de un pasado democrático romano ( y que cimentaron la Europa que hoy conocemos ), sólo podrían ser rescatados como muy modestamente equiparables la institución del jurado en la impartición de la justicia , los respectivos derechos imprescriptibles a la tierra de señores y siervos de acuerdo al derecho consuetudinario ( parte esencial del ius commune europeo ), y el reemplazo de la virtud patriótica , también en nuestra tradición hispánica , por la defensa de los fueros o libertades de las comunidades ante las 6 autoridades feudales . Con el redescubrimiento del derecho positivo romano en Bolonia , a principios del siglo XII , y su paulatina recepción por casi todo el continente hasta el XVI , aquellos últimos vestigios democráticos apenas fueron retenidos en ciertos parlamentos ( Inglaterra , Islandia , Hungría , Polonia ) de índole inevitablemente más aristocrática que popular . Tal el caso de la célebre Charta Magna que fue obligado a firmar el rey Juan sin Tierra ( 1215 ). La tendencia positivista en el derecho ( iniciada con las glosas al Código de Justiniano ) hubo de desembocar en el absolutismo regio que se enseñorearía de la Europa continental por doscientos años . Lo estrenaron Felipe II en España y Luis XIII en Francia , y a ellos proveyó de sustento filosófico marcadamente Jean 7 Bodin en el siglo XVI . El fiel de la balanza empezó a inclinarse de nuevo hacia la versión republicana moderna en la Inglaterra del siglo XVII con las guerras por la supremacía política entre el rey y el parlamento . La victoria contundente de éste último con la Revolución Gloriosa de 1688 sobre Jacobo II , y su posterior fundamentación filosófica por John Locke dos años más tarde , abrió el camino hacia la reinstauración contemporánea del ideal republicano 8 de la división de poderes .” Los constituyentes de los Estados Unidos reunidos en Filadelfia en 1787 , sobre tales precedentes , también quisieron establecer ese sistema republicano para mismo como eventual freno a toda opresión , incluída esa modalidad de la misma que ellos llamaban mob rule ”, y que podríamos traducir como gobierno desde las calles ( otra manera , sea dicho de paso , de referirse al populismo ”) o de oposición extraparlamentaria ”. De antecedente todavía les sirvió Polibio , además el parlamentarismo inglés , __________________________________________________________________ Laissez-Faire 3
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__________________________________________________________________ y por último su propia experiencia en América con el autogobierno de casi siglo y medio . 9 Casi por esos mismos días , los girondinos de la revolución francesa , que habían albergado aspiraciones federalistas para Francia dentro de la interpretación de la separación de poderes propuesta por Montesquieu , perdían sus cabezas bajo la guillotina a manos de los jacobinos durante el periodo llamado del Terror ( 1792 1794 ). Esa tragedia consolidó , y prorrogó , las puertas a la tendencia centralizadora en la cauda de un caudillo carismático para las masas , que ha caracterizado a Francia ( y del que Bonaparte supo el primero hacer hábil uso y De Gaulle brillante colofón ). 10 Nuestra Iberoamérica habría de ser un adicional campo de ensayo para lo mismo a todo lo largo del siglo XIX . Aquel modelo republicano original descrito por Polibio se frustró entre nosotros , y no habría de tener un titubeante renacimiento sino hasta la aprobación plebiscitaria de la actual Constitución de la V República francesa , en 1958 , y de ciertos tímidos ajustes dentro de la mentalidad del positivismo jurídico en nuestra América en fechas más recientes . Por populismo ”, pues , entiendo el recurso emocional electorero por un líder pero cargado de falacias lógicas , en absoluto no asimilable a una democracia republicana efectiva que asegure el respeto a los derechos fundamentales de todos , pues tiende a la anulación de esa preciosa división de poderes independientes entre , como ha sucedido en Cuba y se intenta en Venezuela . Es bien sabido que el desencadenamiento de las pasiones por el demagogo suele tener por consecuencias difíciles de evitar el estrechamiento del horizonte de las opciones a debatir y la distracción hacia temas periféricos y escasamente relevantes para el bienestar a largo plazo de los pueblos . A su sempiterno impulso tales populistas ( Alcibíades , Catilina , Robespiere , Lenin , Mussolini , Hitler , Perón o Lázaro Cárdenas , por mencionar algunos ) han solido cortejar y conquistar mayoritariamente el consenso de las masas electorales ( un medio legítimo ), al tiempo que recortan los derechos fundamentales ( un fin ilegítimo ) de las minorías que disientan . El populista quiere un campo liso y 11 aplanado ante . Le estorban , una vez llegado al poder , la prensa independiente , la Iglesia , los sindicatos y las corporaciones poderosas que le puedan disputar esferas de decisión e influencia , los individuos pensantes . En la Constitución vigente en Cuba , como botón de muestra , se reconoce el derecho a la libertad de emisión del pensamiento siempre y cuando su ejercicio se haga para la construcción del socialismo . Es obvio que para quien aspire a otro orden no-socialista no existe constitucionalmente tal libertad de expresión . En este caso , como lo ilustró George Orwell , aquí todos somos iguales menos algunos que somos más iguales que los demás ”. En esa dirección se encamina ahora el sistema que paso a paso erige Hugo Chávez en Venezuela bajo el lema ( que muy poco dice ) del socialismo del siglo XXI ”. En realidad , algo ya de mucho tiempo atrás repetidamente dejà ”. Y a su ejemplo algunos otros lo emulan , como en este momento lo insinúa repetidos ataques velados de las autoridades a vo- __________________________________________________________________ Laissez-Faire 4
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