Las Leyes Económicas en la Historia del Pensamiento Económico
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__________________________________________________________________
Adrián
Ravier
sólo
Las
Leyes
Económicas
en
la
Historia
del
Pensamiento
Económico
Existe
relativo
consenso
en
la
profesión
en
afirmar
que
la
economía
es
una
ciencia
y
que
como
tal
puede
formular
ciertas
leyes
económicas
.
Pero
el
consenso
desaparece
cuando
se
abre
el
interrogante
acerca
del
―significado‖
de
dichas
leyes
.
Más
precisamente
,
nos
preguntamos
:
¿
Qué
tipos
de
leyes
económicas
produce
la
ciencia
económica
?
¿
Cuán
seguros
podemos
estar
de
las
afirmaciones
que
hacen
los
economistas
?
¿
Tienen
estas
leyes
una
aplicación
universal
o
son
sólo
aplicables
a
circunstancias
particulares
de
tiempo
y
lugar
?
Desde
luego
que
el
economista
moderno
se
forma
con
un
lenguaje
propio
de
la
disciplina
,
pero
en
general
no
sabe
distinguir
si
la
―oferta
y
demanda‖
,
la
―utilidad
marginal‖
o
―los
rendimientos
decrecientes‖
son
leyes
,
principios
o
postulados
,
si
son
derivados
de
algún
axioma
y
bajo
qué
supuestos
o
hipótesis
tienen
validez
.
En
la
medida
que
no
haya
relativos
consensos
acerca
de
las
respuestas
a
estas
preguntas
,
la
economía
como
ciencia
seguirá
tambaleando
,
generando
desconfianza
,
y
lamentablemente
una
porción
importante
de
su
producción
de
trabajo
―científico‖
seguirá
siendo
inútil
.
Desde
luego
que
hay
cierta
literatura
en
―epistemología
de
la
economía‖
que
merece
ser
leída
,
pero
lamentablemente
solo
un
porcentaje
ínfimo
de
los
economistas
trabajan
en
este
campo
de
estudio
,
y
sólo
una
cuantía
muy
pequeña
de
los
economistas
modernos
acostumbra
leer
o
reflexionar
sobre
estas
investigaciones
básicas
o
esenciales
de
la
disciplina
.
De
hecho
,
hoy
está
mal
visto
que
un
economista
profundice
en
la
historia
del
pensamiento
económico
(
Ravier
2011a
),
pero
hay
que
agregar
también
que
el
mismo
mensaje
es
ofrecido
a
aquellos
jóvenes
que
quieren
acercarse
a
aspectos
metodológicos
o
epistemológicos
de
la
economía
.
Se
exige
a
los
profesionales
de
cada
campo
que
ofrezcan
trabajo
empírico
en
sus
tesinas
de
grado
y
posgrado
,
e
incluso
en
sus
tesis
de
doctorado
,
pero
muy
pocos
conocen
los
límites
de
la
disciplina
y
el
modo
de
encarar
y
describir
los
―hechos‖
económicos
.
Más
sorprendente
aun
(
para
quien
escribe
)
es
que
dentro
de
la
tradición
austríaca
,
se
le
sugiera
a
los
jóvenes
doctorandos
desatender
la
filosofía
de
la
ciencia
,
desconociendo
que
es
precisamente
este
entendimiento
el
que
le
ha
permitido
a
los
autores
de
esta
escuela
generar
un
…
Adrián
Ravier
es
Doctor
en
Economía
Aplicada
por
la
Universidad
Rey
Juan
Carlos
(
Madrid
)
y
Profesor
de
la
Escuela
de
Negocios
de
la
Universidad
Francisco
Marroquín
(
aravier@ufm
.
edu
).
Laissez-Faire
,
No
.
40-41
(
Marzo-Sept
2014
):
70-98
/index.php?action=ajax&rs=GDMgetPage&rsargs[]=LF-40.7 Ravier.pdf&rsargs[]=1
__________________________________________________________________
programa
de
investigación
más
fértil
y
―progresivo‖
que
el
de
sus
competidores
intelectuales
.
En
este
artículo
el
objetivo
es
precisamente
trabajar
en
ese
―vacío‖
de
la
disciplina
,
comenzando
con
una
breve
reseña
de
un
trabajo
lo
suficientemente
amplio
como
para
introducir
al
lector
en
la
problemática
descripta
,
pero
intentando
dar
un
paso
más
en
esta
difícil
búsqueda
.
Se
trata
de
la
tesis
doctoral
de
Joseph
Keckeissen
(
de
aquí
en
más
JK
),
quien
asistiera
al
seminario
de
Ludwig
von
Mises
en
la
Universidad
de
Nueva
York
,
quien
escribiera
precisamente
esta
disertación
bajo
la
dirección
de
Israel
M
.
Kirzner
,
y
quien
fuera
profesor
de
economía
de
la
Universidad
Francisco
Marroquín
desde
1972
hasta
el
2011
(
Molina
Calderón
2010
,
Cole
2011
,
Ramírez
Ochoa
2011
).
Este
trabajo
titulado
―The
Meanings
of
Economic
Law‖
fue
presentado
ante
un
tribunal
de
la
Universidad
de
Nueva
York
en
1976
y
permaneció
en
las
sombras
,
al
menos
para
quien
escribe
,
hasta
hace
unos
pocos
meses
,
en
que
Julio
H
.
Cole
–
editor
de
Laissez
Faire
–
me
invitara
a
reseñarlo
.
Es
una
enorme
satisfacción
que
haya
sido
traducido
al
español
,
y
que
haya
sido
publicado
como
libro
recientemente
por
la
Universidad
Francisco
Marroquín
,
pues
cubre
sin
duda
un
alto
porcentaje
del
―vacío‖
mencionado
.
El
trabajo
en
cuestión
es
un
modelo
de
cómo
hacer
una
tesis
doctoral
.
Está
bien
documentado
,
bien
sistematizado
,
con
un
objetivo
claro
,
consciente
de
sus
límites
y
encuentra
una
conclusión
relevante
.
Animo
a
los
jóvenes
doctorandos
a
leer
este
trabajo
para
comprender
lo
que
su
director
de
tesis
pretende
que
se
haga
en
una
tesis
doctoral
.
Pienso
,
no
obstante
,
que
a
esta
tesis
le
han
faltado
dos
capítulos
,
y
es
precisamente
en
ello
donde
deseo
intentar
contribuir
.
Nuestros
objetivos
con
este
trabajo
son
,
entonces
,
(
1
)
repasar
,
siguiendo
a
JK
,
lo
que
los
economistas
reconocidos
en
la
historia
del
pensamiento
económico
han
aportado
sobre
―el
significado
de
las
leyes
económicas‖
,
(
2
)
diagramar
,
también
siguiendo
a
JK
,
una
posible
clasificación
para
ese
material
,
(
3
)
identificar
a
JK
con
la
posición
austríaca
y
profundizar
en
la
praxeología
,
lo
que
nos
permitirá
ofrecer
una
nueva
clasificación
de
estas
leyes
,
(
4
)
analizar
críticamente
las
diversas
posiciones
a
partir
del
enfoque
austríaco
,
y
(
5
)
ofrecer
un
programa
de
investigación
alternativo
al
positivismo
dominante
,
que
intente
compatibilizar
el
trabajo
que
economistas
teóricos
,
historiadores
económicos
,
econometristas
y
macroeconomistas
vienen
desarrollando
en
distintos
campos
y
bajo
distintas
acepciones
del
término
―ley
económica‖
.
Estructuramos
nuestro
trabajo
en
seis
partes
.
En
las
primeras
cuatro
sintetizaremos
la
tesis
de
JK
,
distinguiendo
entre
economía
sin
ley
y
con
ley
,
y
abriendo
luego
el
abanico
de
esto
último
en
tres
alternativas
:
leyes
económicas
―débiles‖
,
leyes
―normales‖
y
leyes
―fuertes‖
.
En
la
quinta
parte
,
profundizamos
en
el
método
seguido
por
Ludwig
von
Mises
(
padre
intelectual
de
JK
),
en
este
caso
bajo
la
lectura
que
recibió
de
Fritz
Machlup
y
el
ordenamiento
epistemológico
ofrecido
por
el
profesor
Gabriel
Zanotti
(
2009
).
Notará
el
lector
que
este
ordenamiento
nos
permite
avanzar
en
nuestra
comprensión
del
significado
de
las
leyes
económicas
,
en
particular
,
ofreciendo
una
nueva
clasificación
,
además
de
mostrar
que
la
praxeología
contiene
en
su
sistema
tanto
leyes
teóricas
como
empíricas
.
En
la
sexta
parte
,
resumimos
los
argumentos
por
los
cuales
pensamos
,
junto
a
JK
,
que
el
enfoque
austríaco
es
superador
respecto
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71
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__________________________________________________________________
de
sus
alternativas
metodológicas
.
Finalmente
,
arrojamos
unas
reflexiones
finales
que
definen
este
programa
de
investigación
como
integrador
del
trabajo
desarrollado
,
no
sólo
por
economistas
teóricos
,
sino
también
por
historiadores
,
macroeconomistas
y
econometristas
,
al
tiempo
que
abrimos
una
serie
de
debates
que
necesitan
más
investigación
.
1
.
La
economía
sin
ley
.
La
tesis
doctoral
de
JK
se
inserta
en
el
campo
de
estudio
de
la
epistemología
,
definido
como
―el
estudio
del
conocimiento
,
en
nuestro
caso
del
conocimiento
que
obtenemos
en
la
economía
.
Lo
que
en
general
se
pretende
con
la
epistemología
es
determinar
cuán
válido
es
nuestro
conocimiento
,
qué
es
lo
que
realmente
sabemos
y
cuán
seguros
podemos
estar
de
ello‖
(
Keckeissen
2014
,
p
.
12
).
El
objetivo
de
la
tesis
se
define
ya
en
su
título
:
Estudiar
el
significado
de
las
leyes
económicas
.
¿
Qué
cualidades
son
propias
de
las
leyes
económicas
?
¿
Son
universales
,
absolutas
,
inmutables
?
¿
O
son
históricas
,
provisionales
,
más
o
menos
exactas
?
En
definitiva
,
―
¿
qué
es
exactamente
una
ley
científica
?
‖
(
Keckeissen
2014
,
pp
.
19-20
).
En
estas
241
páginas
JK
recorre
la
historia
del
pensamiento
económico
para
extraer
de
los
autores
más
destacados
de
la
disciplina
el
tratamiento
que
cada
uno
de
ellos
ofreció
a
este
tema
tan
importante
.
Se
excusa
el
autor
,
ya
desde
el
comienzo
,
en
que
no
pudo
atender
a
trabajos
que
no
estuvieran
disponibles
en
inglés
,
pero
logra
–
a
mi
modesto
modo
de
ver
–
sintetizar
una
extensa
literatura
y
sin
notables
ausencias
.
El
Capítulo
II
precisamente
busca
ofrecer
un
mapa
que
sirva
de
guía
para
el
estudio
,
preguntándose
inicialmente
dos
cuestiones
:
(
1
)
cuáles
economistas
servirán
mejor
como
guía
,
y
(
2
)
de
qué
modo
clasificar
la
extensa
literatura
estudiada
.
Respecto
de
la
primera
pregunta
,
JK
recorre
la
historia
de
la
evolución
de
las
ideas
,
indaga
en
las
obras
fundamentales
,
y
extrae
referencias
esenciales
sobre
lo
que
cada
uno
de
estos
autores
seleccionados
reflexionó
sobre
el
significado
de
las
leyes
económicas
.
Respecto
de
la
segunda
pregunta
,
se
abre
un
abanico
de
opciones
acerca
de
cómo
clasificar
o
agrupar
dichas
reflexiones
:
Podríamos
habernos
conformado
con
usar
la
clasificación
usual
(
y
más
simple
)
de
leyes
empíricas
y
teóricas
,
o
lo
que
Fraser
describe
como
los
aspectos
enumerativos
y
universales
de
la
ley
.
O
,
siguiendo
a
Briefs
,
podríamos
haber
optado
por
una
triple
clasificación
de
leyes
,
basadas
en
los
tres
métodos
de
derivación
:
el
método
de
aislamiento
,
el
holístico
y
el
matemático
—
separando
luego
las
leyes
econométricas
de
las
matemáticas
—.
Briefs
,
como
hemos
señalado
,
tomó
la
metodología
como
criterio
para
su
análisis
.
Esta
solución
nos
hubiera
planteado
obvias
dificultades
.
Por
un
lado
,
tendríamos
que
clasificar
a
Hutchison
,
el
principal
exponente
del
positivismo
lógico
,
en
la
misma
categoría
que
los
institucionalistas
;
resulta
evidente
que
estos
no
comparten
ideas
similares
sobre
el
tema
.
¿
Y
cómo
podríamos
distinguir
a
Friedman
de
Marshall
o
de
Mises
?
Según
el
esquema
de
Briefs
,
todos
ellos
son
aislacionistas
,
aunque
en
nuestro
estudio
hemos
mostrado
que
estos
autores
ejemplifican
tres
enfoques
muy
diferentes
:
economía
sin
leyes
,
ley
como
tendencia
y
leyes
absolutas
(
Keckeissein
2014
,
p
.
209
).
De
aquí
surge
la
estructura
de
la
tesis
que
resumimos
en
el
Cuadro
1
,
con
cuatro
capítulos
en
los
que
JK
estudia
cada
una
de
estas
categorías
.
En
primer
lugar
,
__________________________________________________________________
72
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Cuadro
1
.
Las
leyes
económicas
en
la
historia
del
pensamiento
económico
.
¿
Es
posible
formular
leyes
económicas
?
-Clasificación
de
Joseph
Keckeissen-
No
La
economía
sin
Ley
Si
La
economía
con
ley
1
.
Historicistas
alemanes
(
Roscher
,
Hildebrand
,
Knies
,
Schmoller
)
¿
Qué
tipos
de
leyes
económicas
?
2
.
Institucionalistas
Débiles
Normales
Fuertes
(
W
.
Mitchell
,
Gruchy
)
3
.
Leyes
como
reflejo
de
intereses
1
.
Leyes
empíricas
1
.
Padres
fundadores
.
1
.
Austriacos
especiales
(
Kaufmann
,
Hutchison
)
(
Fisiócratas
y
Adam
Smith
)
(
Bastiat
,
Wicksteed
,
Menger
,
Böhm
Bawerk
,
4
.
Economistas
modernos
y
científicos
2
.
Leyes
cuantitativas
2
.
Escuela
clásica
Mises
,
Hayek
,
Robbins
,
sociales
(
econometría
)
(
Ricardo
,
Malthus
,
Say
,
Mc
.
Culloch
,
Senior
Rothbard
)
(
Cassel
,
Robinson
,
Chamberlin
,
Fisher
,
y
J
.
Mill
)
Baumol
)
3
.
Leyes
históricas
2
.
Marxistas
3
.
Clásicos
posteriores
y
Escuela
Neoclásica
(
Weber
,
Marx
,
Engels
)
5
.
Filosofía
opuesta
a
la
ley
4
.
Leyes
macroeconómicas
(
J
.
S
.
Mill
,
Cairnes
,
Marshall
,
J
.
N
.
Keynes
,
(
Friedman
,
Popper
,
Hayek
)
(
J
.
M
.
Keynes
)
J
.
B
.
Clark
,
Seligman
,
Knight
)
5
.
Otras
ciencias
sociales
4
.
Escuela
matemática
(
Walras
,
Pareto
,
Hicks
)
Fuente
:
Elaboración
propia
a
partir
de
Keckeissen
(
2014
).